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title: "Ley aprobada en Diputados propone arrestar los que difundan noticias falsas, imágenes íntimas o intimiden en redes sociales"
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description: "La ley que aprobó diputados en Salta y ahora pasó a revisión en el Senado, establece días de arresto para los que usen una identidad falsa en redes o medio electrónico; el que difunda, publique, distribuya, facilite, ceda o entregue a terceros imágenes, grabaciones o filmaciones de carácter íntimo, sin el consentimiento de la persona y quienes intimiden u hostiguen en las redes. También serán penados con arresto o multa quienes difundan noticias falsas, incluyendo a funcionarios."
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date_published: "2023-07-26T11:52:00-03:00"
date_modified: "2023-07-26T12:05:47-03:00"
author_name: "Redacción"
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# Ley aprobada en Diputados propone arrestar los que difundan noticias falsas, imágenes íntimas o intimiden en redes sociales

![1690169251054](/download/multimedia.miniatura.a28ee7c2c9c8a836.MTY5MDE2OTI1MTA1NF9taW5pYXR1cmEuanBn.jpg)

La Cámara de Diputados de la provincia, aprobó un proyecto de ley contra las "fake news" a través de contravenciones contra la identidad digital, por lo que las personas que transgredan lo que está establecido, podrán ser detenidas o se les aplicará una multa:

Art. 46: "Será sancionado con arresto de hasta 30 días o multa de hasta 30 días el que difunda, publique, distribuya, facilite, ceda o entregue a terceros imágenes, grabaciones o filmaciones de carácter íntimo, sin el consentimiento de la persona, y a través de cualquier tipo de comunicación electrónica, de transmisión de datos, páginas web o a través de cualquier otro medio de comunicación, siempre que el hecho no constituya delito"

Art. 47: "Será sancionado con arresto de hasta 20 días o multa de hasta 20 días el que intimide u hostigue a otro mediante el uso de cualquier medio digital, siempre que el hecho no constituya delito".

Art. 49: "Será sancionado con arresto de hasta 30 días o multa de hasta 30 días el que, sin mediar consentimiento, utilice la imagen o datos filiatorios de una persona o cree una identidad falsa con la imagen o datos filiatorios de una persona a través de cualquier tipo de comunicación electrónica, transmisión de datos, página web o cualquier otro medio, siempre que el hecho no constituya delito".

Art. 50: "Será sancionado con arresto de hasta 25 días o multa de hasta 25 días el que creare o difundiere noticias falsas, sabiendo que lo son, dentro del espectro digital, con el fin de infundir pánico, desacreditar personas o autoridades oficiales o generar desórdenes o tumultos".

Sofía Sierra, diputada del PRO, fue enérgica al oponerse a esta ley al sostener que con este proceso se termina blindando a los funcionarios públicos. La postura buscó diferenciar también las fake news contra las personas en general y las que se generan contra los funcionarios públicos, con un sólido argumento constitucional sobe la libertad de expresión y las sanciones ya previstas para los casos de injurias y calumnias.

"En todo caso nosotros ya tenemos una doctrina consolidada que establece cuando hay difamación por noticias falsas sabiendo que lo son y se puede reclamar por daños y perjuicios dentro de lo civil, nunca por lo penal. La contravención es siempre penal y por eso digo que me parece inconstitucional el artículo 50", dijo.

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