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title: "La Corte avaló que el Ente Regulador controle el agua y las cloacas de barrios privados"
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description: "El tribunal rechazó una demanda presentada por cuatro urbanizaciones contra las normas dictadas en 2022. Las disposiciones exigen registrar la prestación, medir el consumo de agua y garantizar su potabilización."
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date_published: "2026-09-25T12:47:00-03:00"
date_modified: "2026-09-25T12:48:23-03:00"
author_name: "Juan Cruz Gorosito"
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# La Corte avaló que el Ente Regulador controle el agua y las cloacas de barrios privados

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La Corte de Justicia de Salta rechazó una acción de inconstitucionalidad presentada por cuatro urbanizaciones contra las resoluciones con las que el Ente Regulador de los Servicios Públicos (EnReSP) regula la provisión de agua potable y el tratamiento de efluentes cloacales en barrios privados.

El conflicto comenzó en 2022, cuando el organismo dictó las resoluciones 642/22 y 643/22 para controlar los servicios sanitarios prestados por desarrolladores particulares. Entre las medidas estableció un registro de prestadores, la medición del agua suministrada a los residentes, condiciones para garantizar su potabilización y la contratación de seguros de responsabilidad civil.

Los representantes del Club de Campo Santa María de la Aguada, Praderas de San Lorenzo, Jardines de San Lorenzo y Valle Escondido acudieron a la Justicia para pedir que esas normas fueran declaradas inconstitucionales. La Corte rechazó el planteo en el expediente CJS 42.199/22.

De acuerdo con los fundamentos difundidos sobre el fallo, el tribunal consideró que el EnReSP actuó dentro de sus facultades de regulación y control. También señaló que los particulares pueden prestar estos servicios, pero deben contar con la autorización correspondiente y cumplir las reglas establecidas para su funcionamiento.

La decisión mantiene vigentes las exigencias cuestionadas y respalda la intervención del organismo provincial sobre los servicios de agua y cloacas que operan dentro de estas urbanizaciones.

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