Es Ley el pago de Deuda Previsional

¿ Quienes pueden acceder ?
Personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria
Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no cuentan con los 30 años de aportes necesarios.
Personan que aún no alcanzaron la edad jubilatoria
Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aporte.
¿ Qué periodos se podrá regularizar ?
º Personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria
º Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.
º Podrán cancelar estos períodos en en cuotas mensuales que se descontarán de la jubilación
Personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria
Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo inclusive
Las personas podrán identificar los períodos de aporte a regularizar y cancelarlos de acuerdo a sus posibilidades.
800 mil argentinos que ya tienen la edad requerida podrán acceder a la cancelación de su deuda previsional para jubilarse.
Casi 900 mil trabajadores podrán identificar los períodos de aportes faltantes y cancelarlos anticipadamente antes de alcanzar la edad requerida para jubilarse,