
Más de 20 mil jubilados salteños serán beneficiarios del Fondo Solidario de Apoyo Temporal
Juan Cruz Gorosito

El Gobierno de la Provincia anunció que el Fondo Solidario de Apoyo Temporal para Jubilados será depositado a fines de abril y de junio beneficiando a más de 20900 ciudadanos salteños.
Cada uno de ellos recibirá un total de $48 mil en dos cuotas de $24 mil cada una.
Quiénes cobrarán
Según lo dispuesto en la Resolución 178D accederán al beneficio aquellos personas que cumplan con los siguientes requisitos: tener 70 años o más; percibir el haber jubilatorio mínimo como único ingreso, excluyendo pensiones o pensiones no contributivas; no ser beneficiario de ingresos provenientes de planes sociales nacionales, provinciales o municipales (AUH, Potenciar Trabajo, seguro de desempleo, entre otros), ni de otra prestación previsional; carecer de empleo en relación de dependencia, ya sea como independiente o presunto; no percibir ingresos como permisionarios de estacionamiento medido y no poseer bienes registrables a su nombre, ya sean automotores o inmuebles.
Se trata del fondo creado en febrero pasado, mediante decreto 113/2024. Está destinado a aquellos jubilados que perciban el haber mínimo, con el objetivo de brindarles un respaldo adicional en momentos de dificultad económica y asistirlos en situaciones de emergencia, tales como medicamentos, alimentación y servicios.
Cómo se cobrará
Cada jubilado recibirá $48 mil en dos partes, a fines de abril y a fines de junio. El Gobierno de la Provincia depositará el Fondo Solidario en los tres bancos encargados del pago sueldos: banco Nación, Macro y Santiago del Estero, que a su vez lo transferirán a cada una de las cuentas de los beneficiados.
Cómo está integrado
El fondo está integrado inicialmente por el aporte solidario del gobernador de la Provincia, Ministros, Secretaría General de la Gobernación, Coordinadores, Fiscal de Estado, Sindico General de la Provincia, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, Autoridades superiores, autoridades fuera de escalafón y personal de apoyo nivel 1, 2 y 3. Además de Presidentes, Gerentes, Directores y autoridades de organismos descentralizados, organismos autárquicos, ente reguladores, empresas y sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria y demás formas societarias en la que el Estado tenga participación y autoridades con remuneraciones equivalentes o similares.
En el caso del Gobernador de la Provincia, el aporte será del 50% de su sueldo en cada oportunidad de los meses mencionados y el resto de los funcionarios efectuará un aporte inferior en proporción a la escala de haberes que perciban.




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