El oscuro prontuario de la jueza que ordenó detener a docentes

Favoreció a un pistolero poderoso, hizo operaciones personales presuntamente incompatibles con su cargo, se le «traspapeló» un expediente que podría haber evitado un femicidio y dividió a una familia.

CONFLICTO DOCENTE 27/05/2023 Redacción
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La detención de los docentes en el ex peaje Aunor fue por orden de la jueza de Garantías 1, Ada Zunino, un personaje oscuro de la Justicia salteña, con antecedentes negativos que la muestran con tendencia a favorecer poderosos, desestimar a los débiles y con acciones y opiniones polémicas que no contribuyen a destacar su figura como magistrada.

Que Zunino haya ordenado detener a trabajadores que reclamaban por sus derechos no sorprende. Sus acciones como jueza parecieran ir en una misma direccion, que no es precisamente la de proteger a los más débiles.

Desde más de una década, Zunino aparece en causas que provocan dolores insondables entre los pobres y escándalos mediáticos entre los poderosos salteños.

Uno de esos casos fue el femicidio de Romelia Pistone, ocurrido en Fortín Dragones el 6 de diciembre de 2014, cuando Zunino estaba a cargo del Juzgado de 1º Instancia en lo Civil de Personas y Familia.

El 22 de septiembre de ese año, la psicóloga del Poder Judicial, Laura Guerrero Palma, remitió por mesa de entrada un informe dirigido a Zunino. Era un texto fundamental para proteger a la víctima de su pareja, un hombre violento que había sido denunciado en más de una ocasión por las agresiones y amenazas que realizaba. Zunino nunca lo leyó. En diciembre de 2014, Pistone fue asesinada. Cuatro días después, al informe de Guerrero Palma se le agregó una anotación: «Informo que el presente informe no fue agregado debido a que el Expte. se encontraba traspapelado».

El viejo Paulino

Por esos días seguía el caso de Paulino Mendoza y su familia. El hombre tenía setenta años, estaba divorciado, era analfabeto y vivía de arreglar cocinas y calefones. Era el padre de una hija adicta que a su vez era madre de tres niños, dos de los cuales fueron criados por Paulino hasta el 2011 en su casa del barrio Arturo Illia de Tartagal.

En abril de 2011, Zunino, jueza de 1º Instancia de Personas y Familias de Tartagal, decretó que la Guarda Provisoria que Paulino tenía sobre sus nietos Esteban y Rocío se suspendía. Hasta el 2013 Paulino luchó para recuperar la tenencia, pero el 27 de abril de ese año, la Sala V de la Cámara de Apelaciones dictaminó que Ada Zunino había hecho bien en institucionalizar a los niños y declararlos en estado de abandono y sujetos a adopción. El tiro de gracia judicial llegó para Paulino en la Navidad de 2014: tras recorrer a pie la distancia entre su vivienda y el Hogar Gualterio Alsaldi donde estaban alojados sus nietos, le informaron que los niños ya habían sido adoptados. Desde entonces no volvió a verlos nunca más.

El proceso estuvo atravesado por la interpretación y aplicación de la ley 26.061 que busca garantizar el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de los derechos de niños/as y adolescentes. A esa ley recurrió el Defensor Oficial Luis Solorzano para pedir que Ada Zunino revocara la decisión de arrebatarle a Paulino la guarda. Argumentó que el superior interés de los niños es crecer en familia y que si la pobreza familiar dificultaba ese derecho, corresponde al Estado garantizarlo. La jueza pensó distinto: el “superior interés” de los niños también permite al Estado arrancarlos del núcleo familiar si esto amenaza los derechos de los menores.

El Defensor Oficial contratacó jurídicamente enfatizando que en vez de exigir al Estado que ayude a los niños a crecer en su núcleo familiar, Zunino optaba por lo más barato: arrebatarle la guarda al abuelo, institucionalizar a los niños y darlos en adopción. Para lograrlo ejercitó movimientos imprescindibles: sentenciar que Paulino era viejo e incapaz; que en la familia nadie estaba en condiciones de criar a los niños y que la pobreza familiar lo agravaba todo. Cuando el Defensor Oficial apeló el caso ante la Cámara, está legalizó lo actuado y dio por sentado que la exclusión es una desgracia que cae sobre muchos sin que nada se pueda hacer, salvo resignarse.

En el decreto de abril de 2012 que privó a Paulino de sus nietos, fue clave el informe de la asistente social Liliana Boglione quien en lo central dio los argumentos que luego la jueza utilizó para justificar su sentencia; aspecto que el Defensor Oficial también impugno enfatizando que Boglione nunca recabó testimonios de los vecinos de Paulino y desconoció el “Informe del Alumno” rubricado por la maestra del Jardín de Infantes y la Vice Directora del Colegio al que Esteban asistía. Allí se dejaba constancia de que el niño concurría regularmente a clases, en horario, acompañado siempre por un mayor, que su presentación era correcta en cuanto al vestir y la higiene, que su integración era buena, y que Paulino cumplía con todos los requerimientos de la institución.

Paulino Mendoza, en definitiva, era culpable de ser viejo, de no haber evitado la adicción de su hija, de ser incapaz de controlarla y también de ser pobre. Lo segundo y tercero es un límite que alcanza al propio Estado que ha sido y es incapaz de controlar el flagelo de las adicciones hasta hoy. Con respecto a lo primero y lo último, dice la ley que es el propio estado quien debe asistir a la familia para lograr el pleno derecho de los niños.

Operaciones cuestionables

Ada Guillermina Zunino dejó el caliente Distrito Judicial de Tartagal el 2 de febrero del año 2015 y juró como jueza de Garantías de Primera Nominación del Distrito Judicial del Centro. Ya en la ciudad Capital, también fue motivo de informes periodísticos que estaban lejos de resaltar la justeza de sus fallos. Una de esas denuncias pasó desapercibida. También era del 2015 y daban cuenta de que la magistrada estaba involucrada en operaciones comerciales que son legales para cualquier ciudadano, pero prohibidas para los jueces.

El dato que lo evidenciaba era un edicto publicado por el diario El Tribuno el 4 de marzo de ese año. En el mismo, la magistrada solicitaba junto a otra persona de igual apellido y en carácter de propietarios de un inmueble de Metán, una concesión de 350 metros cúbicos de agua pública por día “para uso pecuario, para 5.000 cabezas de ganado bovino”. Un emprendimiento bastante impresionante en lo que a riqueza se refiere, pero que contradecía el artículo 155 de la Constitución Provincial que establece que los jueces y secretarios “no pueden realizar actividad política partidaria. Tampoco pueden ejercer profesión, empleo ni actividad con fines de lucro, salvo la docencia, las comisiones de carácter honorario, técnicas y transitorias que les encomienden los poderes públicos nacionales, provinciales o municipales, y la defensa en juicio de derechos propios”.

El caso del ex diputado

En 2018, las cámaras de seguridad de una empresa registraron el momento en que el entonces diputado por Rosario de la Frontera Kuldeep Singh hizo las veces de un capo mafia que lideraba a una banda de feroces pistoleros con el objeto de cobrar a los tiros una deuda.

Los fiscales que tomaron la causa pidieron a la jueza Zunino lo obvio: un allanamiento (que llegó tarde) y el pedido para detener al legislador, para lo cual se requería que la magistrada cursara a la legislatura una solicitud de desafuero para el mismo.

Nada de eso ocurrió para asombro de varios diputados que se habían convencido de al menos dos cosas: la inacción de la jueza envolvería a la legislatura en una atmósfera de sospecha entre la sociedad, aun cuando para desaforar al parlamentario dependían del pedido de la jueza; y que los requerimientos efectuados por los fiscales eran sólidos. Es que según la ley, la posibilidad de que el acusado obstaculizara la investigación es motivo suficiente para detenerlo y la intercepción al teléfono de Kuldeep Singh confirmaba que el mismo extorsionaba a los dueños de la empresa que tomó por asalto con el obvio objetivo de enderezar un poco aquello que su accionar había torcido.

Mejor que se mueran

En marzo de este año, Zunino volvió a ser noticia al asegurar que en «ciertos delitos» se debe implementar la pena de muerte.

«Hay que agravar las penas sobre ciertos delitos y debatir de una vez por todas la pena de muerte», dijo Zunino. «Hay hechos aberrantes y creo que deben figurar en el Código Penal porque las penas son cortas y no lo suficientes severas», siguió.

En FM Capital, la jueza puso como ejemplo el caso Marcelo Torrico, asesino de los hermanitos Leguina.

«En el caso de Torrico hay una sentencia firme y hubiera correspondido (la pena de muerte). Yo la hubiera firmado. Después de tanto tiempo en el cargo y de ver la brutalidad y bestialidad de algunos crímenes, hay casos hoy que yo firmaría la sentencia de muerte sin inconvenientes morales», declaró.

Fuente CUARTO.

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