Una campaña de El Tribuno impulsada por los Romero busca apartar evitar la renovación de un juez

La continuidad del Juez Pablo López Viñals en la Corte de Justicia de Salta es el blanco de intensas publicaciones de diario El Tribuno dirigido por la familia del senador Juan Carlos Romero con la finalidad de impedir que el magistrado siga en la Corte de Justicia.

PROVINCIA26/05/2025RedacciónRedacción
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El actual juez de la Corte de Justicia de Salta, Pablo López Viñals, suma más de 2100 avales y solo tres objeciones formales que ya han sido contestadas en búsqueda de renovar su espacio al frente del máximo tribunal de justicia de la provincia. No obstante, la familia Romero impulsa desde el diario El Tribuno, una intensa campaña mediática para evitar que el magistrado continúe en su cargo, algo que caracteriza al poder del senador nacional en sus intenciones de mantener su influencia en la justicia.

La designación de los Jueces de la Corte, por su importancia está precedida de una amplia participación pública; cualquiera puede expresarse en esa etapa de quince días hábiles que algunos han calificado “como tirar el candidato a la parrilla”, pero que es necesaria para asegurar que lleguen a esos cargos las personas adecuadas; atrás han quedado las designaciones express entre gallos y medianoche como las que se dieron al finalizar la gestión de gobierno que se extendió desde el año 1995 al 2007. En el caso de Pablo López Viñals el resultado ha sido que en la apertura a la opinión ciudadana cosechó más de 2100 adhesiones, número que está muy por encima de otros procesos anteriores y solo tres objeciones.

Algunos de los avales

Entre las personalidades más destacadas que decidieron dar su apoyo a López Viñals para que siga en la Corte se cuentan el Procurador General de la Nación Eduardo Casal -que en estos días cobró notoriedad por su dictamen en la causa Vialidad-, el Presidente de Inecip y máximo referente de los procesos de reforma de la justicia penal en Latino América, Alberto Binder, el Gobernador de Jujuy Carlos Sadir y el máximo representante del pensamiento sobre juicio por jurados de la Argentina Andrés Harfuch. Numerosos jueces y fiscales de distintas provincias, muchos de ellos de la más alta jerarquía también hablaron en favor del candidato.

También han prestado su apoyo a la continuación de López Viñals en la Corte las dos entidades que agrupan a los integrantes de la justicia. Así lo ha hecho el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público, en la persona de su presidente, la Dra. Virginia Solórzano y el Presidente de la Asociación de Magistrados, Rodolfo Quinteros, que destacaron los méritos del juez para continuar en su cargo.

También se vieron avales provenientes del exterior como el caso de la Fiscalía de Madrid y de referentes de la Unión Europea en programas vinculados a la justicia.

Las objeciones, o el lamento de dos heridos

El juez Gonzalo Mariño que ingresó a la justicia, ya entradito en años luego de una extensa y exitosa carrera como abogado en el ejercicio libre de la profesión, fue afectado por un reciente fallo de la Corte, firmado por López Viñals, que le ordena abandonar el cargo por su avanzada edad, más de setenta años, y haber superado ese límite de edad que dispone la Constitución de Salta.

El otro alcanzado por una decisión adversa del candidato López Viñals, que aprovechó el proceso para devolverle el favor, es Luis Ángel Caro.

Las respuestas de López Viñals a las objeciones presentadas

La impugnación de Mariño que básicamente parece ir en el sentido de que, si nos quedamos nos quedamos todos, incluso él, fue respondida diciendo que se trataba de dos regímenes constitucionales distintos, uno para los miembros de la Corte y otro para los demás jueces.

López Viñals también destacó que la imposibilidad de continuidad de Mariño se decidió con el voto unánime de los jueces de la Corte, y conforme a los debates de la convención constituyente donde los convencionales distinguieron claramente la situación de los jueces de la corte y la de los demás jueces como Mariño, integrante de la Cámara Civil y Comercial.

 
Sobre la objeción de Caro, es interesante que López Viñals descalificó la veracidad del impugnante que le atribuía haber firmado sentencias de la Corte relacionadas a Santos Clemente Vera en el caso de las turistas francesas, cuando esas sentencias se dictaron mucho antes que el candidato llegara a la Corte. Se le contestó también que si no les gustan los fallos que se dictan en su contra, los litigantes deben hacer valer sus derechos en las causas en que discuten, y no en los procesos de designación de jueces.

La interpretación constitucional de Díaz Lenes

La otra objeción que se hace a la continuación de López Viñals proviene de quien no se sabe si ejercía o ejerce la función de presiente del Colegio de Abogados, que está inmerso en un intrincado proceso de renovación de autoridades. Lenes afirma que el candidato no puede seguir, pese a haber avalado recientemente con su firma la continuidad de la presidenta de la Corte, que renovó su mandato hallándose en idénticas condiciones que López Viñals. La doble vara le valió ser duramente “cruzado” por el prestigioso abogado constitucionalista Omar Carranza, que le exigió explicaciones públicamente por su cambio de criterio. También embistieron a Díaz Lenes abogados que exigieron que se suprima su planteo por carecer de representatividad del Colegio debido al vencimiento de su mandato.

Extraños cuestionamientos mediáticos y preocupación en ciudad judicial

Fuera de estas impugnaciones presentadas en el Ministerio de Justicia, en algunos medios se deslizaron críticas al candidato por su desempeño como Procurador durante los años 2008 a 2019; Nuevo Diario consultó entre especialistas del foro que pidieron no ser identificados por temor a represalias -en razón de la feroz campaña contra López Viñals- y obtuvo la siguiente información: que en las dos causas que se pretenden usar para objetar el desempeño de éste: el asesinato de las turistas francesas y la muerte de dos adolescentes, no actuaron fiscales como directores de los procesos sino jueces de instrucción, pues aún regía el código procesal viejo o anterior, donde los fiscales no tenían atribuciones de investigación. Indicaron que como el Procurador es el jefe de los fiscales, no había forma de atribuirle ninguna responsabilidad en ninguna situación por el manejo de esas causas. “Parece que están queriendo confundir a la gente, pero no se han animado a poner el gancho en una objeción formal porque no tendrían cómo fundar la objeción y salir bien parado ante una respuesta, pero es una picardía salirse del proceso formal participativo y tirar cualquier cosa en la prensa para desprestigiar”, comentó uno de los letrados consultados.

 Por otro lado, fuentes del Ministerio Público Fiscal consultadas sobre si en esas causas se había cuestionado la conducta de los peritos del C.I.F. manifestaron que no existía ningún dato referido a que se hubiera constatado alguna irregularidad cometida por sus peritos; además refirieron que el Procurador carece de facultades para inmiscuirse en la actuación de los cuerpos científicos y que estos actúan con independencia y objetividad porque esto es lo que les impone la ley, y sólo si cometen faltas o desvíos puede el Procurador atender denuncias en su contra, lo que no había ocurrido en ninguno de los casos.

Los que saben, dicen que lo que vale es lo que se presenta como objeción formal, con fundamentos jurídicos y no lo que se rumorea o maneja como versión, porque es este caso se ha hecho mucho más comentario que en cualquier otro caso fuera de los canales institucionales.

Con información de Nuevo Diario

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