Fucho trabó embargo sobre Corredores Viales por el estado de la ruta y pagarán multa diaria

El juez Sebastián Fucho emitió ayer una nueva resolución por el amparo impulsado por una concejal de nuestra ciudad por el estado de la ruta nacional 9/34 en el tramo que atraviesa Metán. El magistrado trabó embargo por 2.800.000 por no haber cumplido en el depósito que tenía como destinatario el hospital Del Carmen y dispuso la aplicación de astreintes diarios por 2.500.000 pesos por el incumplimiento de la resolución dictada.

METAN 19/04/2024 Redacción Redacción
ruta en mal estado

El juez Sebastián Fucho, emitió este jueves una nueva resolución en la causa que se inició por la presentación de un recurso de amparo por parte de la concejal María José Bernis. En el instrumento judicial, el magistrado establece imponer a Corredores Viales la aplicación de astreintes diarios por la suma de 2.500.000 pesos por el incumplimiento de la resolución dictada. Los fondos deberán ser depositados en una cuenta judicial.

Por otro lado también dispuso trabar embargo preventivo sobre fondos que pudieran tener depositados o que se depositen en cuentas bancarias correspondientes a Corredores Viales por la suma de dos millones de pesos en concepto de capital más 800 mil pesos por accesorios legales.

El magistrado metanense dictó el pasado 19 de Febrero, una resolución en el marco del recurso impulsado por la concejal y el intendente José Issa. En la oportunidad el magistrado había determinado la inmediata reparación de la ruta nacional 9/34 entre los kilómetros 1446 a 1460, bajo apercibimiento de la aplicación de multa diaria en caso de no cumplir con la reparación 20 días corridos desde la notificación de la resolución. En este sentido, la misma resolución determinaba que la Dirección Nacional de Vialidad, será la responsable de verificar las normas de la construcción.

En el documento, se dejó constancia que Corredores Viales fue notificado de la resolución el 21 de Febrero y tras una presentación del intendente José Issa, se incorporó a la causa la advertencia que no se dio cumplimiento a lo dispuesto.

Luego de una inspección de criminalística el 20 de marzo, se constató que efectivamente no se realizó la reparación e incluso hay sectores que están más deteriorados todavía .

Si bien la empresa Corredores Viales dispuso la apelación de la resolución emitida por el magistrado metanense, Fucho determinó que la apelación no puede interrumpir ni paralizar el cumplimiento de la resolución de primera instancia cuando hace lugar al amparo. Debe concederse al solo efecto devolutivo, por lo que su interposición no impide la ejecución de lo decidido en la sentencia, la que está sujeta a ser revocada si el recurso prosperase, pero puede ser ejecutada sin esperar la resolución de la Corte de Justicia.

En el escrito además remarca que en el tiempo que se debían realizar las tareas, el precio del peaje subió cien pesos, llegando a 300 y hasta el 18 de Mayo subirá a 900. 

Fucho determinó que aplicación de la multa diaria es en virtud que está en juego la seguridad de todos los usuarios que circulan por la ruta nacional 9/34 vulnerándose de manera expresa y amenazando en otros casos, los derechos constitucionales protegidos tales como la salud, la vida y de los consumidores, y teniendo presente los ingresos de la accionada, "es ajustado a derecho imponer como astreintes de 2.500.000 pesos", señala el escrito.

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