Empresas de servicios de comunicación no pueden modificar promociones, ni bajar la cantidad de gigas contratados

Esto es a partir del decreto nacional que prohíbe el aumento de costos, hasta el 31 de diciembre de este año, en los servicios de telefonía fija y móvil, internet y la televisión por cable o satelital.

PROVINCIA25/08/2020 Redacción
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La medida se encuentra vigente

Muchas empresas habían anunciado la suba en los costos por los servicios que brindan,  pero la entrada en vigencia del decreto nacional N° 260/20,  no les permitirá concretar esos aumentos.

El documento expresa además que las empresas no podrán modificar el precio de las promociones o bajar la cantidad de gigas contratadas, “ya que esto implicaría un aumento encubierto”, afirmó la secretaria de Defensa del Consumidor, María Pía Saravia.

Agregó que “desde ahora en adelante no podrá haber ningún aumento sin la previa aprobación del Estado, en el rubro de servicios de comunicación, porque fue declarado “público y esencial””.

Otro punto destacado del decreto, hace referencia a establecer planes accesibles para los usuarios de estos servicios que garanticen su accesibilidad a precios razonables.

En este sentido, la titular de Defensa del Consumidor dijo que "los precios de los servicios públicos esenciales, serán regulados por el ENACOM, quien establecerá en la reglamentación, la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”.

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