
Metán: sexagenario condenado por desobedecer órdenes judiciales
Juan Cruz Gorosito

Durante dos años, el hombre deberá fijar domicilio en el radio del Tribunal. Además tiene prohibido acercarse al domicilio de la denunciante y a los lugares de concurrencia habituales en un radio no menor de doscientos metros. Tampoco podrá ejercer en su contra cualquier tipo de actos de violencia, proferir insultos o palabras agraviantes por cualquier medio, incluso por celular o a través de redes sociales. Deberá abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes.
En caso de incumplir alguna de estas medidas podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que sería de cumplimiento efectivo.
El hombre de apellido Torrejón, que se encontraba separado de su pareja, seguía ingresando en el domicilio de la víctima, a pesar de la orden judicial que se lo impedía.





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