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Recomendaciones para regresar al trabajo luego de COVID-19 o contacto estrecho
Tanto quienes hayan sido diagnosticados con la enfermedad como quienes hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado, deben observar las pautas de procedimiento para reincorporarse a la actividad laboral.
20/01/2022 Juan Cruz GorositoEl Ministerio de Salud Pública adhiere a las recomendaciones emanadas de los ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, respecto al regreso a las actividades laborales de personas que hayan tenido COVID-19 o hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado.
Quienes hayan cursado la enfermedad sin internación, podrán reincorporarse al trabajo sin necesidad de presentar test negativo ni certificado de alta, cuando sean personas sin vacunación o con esquema incompleto y hayan transcurrido 10 días desde el inicio de síntomas, o desde la fecha del diagnóstico en el caso de los asintomáticos.
Las personas con diagnóstico confirmado y con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo) podrán regresar al trabajo luego de transcurridos 7 días desde el inicio de síntomas (o del diagnóstico, en casos asintomáticos), cumpliendo en los 3 días posteriores los cuidados especiales.
En todos los casos, los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la aplicación Mi Argentina.
Contactos estrechos
Los contactos estrechos asintomáticos podrán continuar con sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar test negativo ni certificado de alta, de acuerdo con las situaciones siguientes:
Los contactos estrechos asintomáticos, sin vacunación o con esquema incompleto, podrán regresar a sus actividades laborales a los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado. Igual recomendación aplica a quienes tengan más de 5 meses de haber recibido la segunda dosis.
Los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (dosis única, dos dosis o esquema inicial con dosis adicional podrán continuar con sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias. Igual recomendación aplica a quienes tengan menos de 5 meses de completado el esquema de vacunación o hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días. Estas personas eberán maximizar medidas preventivas y se sugiere la realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día. Luego deberán realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
Los contactos estrechos asintomáticos, con esquema de vacunación completo más refuerzo, con más de 14 días de la última aplicación, podrán volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales. A su vez, deberán maximizar medidas preventivas y realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
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