Condenan a un hombre por abuso sexual contra dos niñas en Río Piedras

Un hombre de 55 años fue condenado por la Justicia de Metán por dos hechos de abuso sexual simple cometidos contra dos hermanas menores de edad en la localidad de Río Piedras. Recibió una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y deberá cumplir estrictas medidas de conducta durante cuatro años.
RIO PIEDRAS09/06/2026Juan Cruz GorositoJuan Cruz Gorosito

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La Justicia de Metán condenó a un hombre de 55 años por dos hechos de abuso sexual simple cometidos contra dos niñas menores de edad en la localidad de Río Piedras.

La sentencia fue dictada por el juez Ramón Haddad, quien lo encontró responsable de los delitos investigados y le impuso una pena de tres años de prisión de ejecución condicional.

El 13 de marzo del año pasado cerca del mediodía, una niña de 5 años jugaba en el patio de su casa, cuando un hombre conocido de la familia le prometió regalarle un helado. 

Bajo este engaño, la llevó a su habitación donde tocó sus partes íntimas sobre la ropa. Más tarde la niña le contó lo sucedido a su mamá. A este hecho se sumó otro episodio en el que el mismo hombre aprovechó la ausencia de la madre para llevar a la hermanita más grande, una niña de 7 años a su cuarto con la promesa de jugar con los juguetes o ver videos en su teléfono celular. Allí también tocó sus partes íntimas.

Tras la denuncia y la investigación correspondiente, la Justicia reunió los elementos probatorios necesarios para avanzar con el proceso y determinar la responsabilidad penal del imputado.

Además de la pena impuesta, el magistrado dispuso una serie de reglas de conducta que el condenado deberá cumplir durante un período de cuatro años. Entre ellas, deberá someterse a tratamiento psicológico obligatorio, abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes y respetar todas las condiciones establecidas por la Justicia.

El fallo establece que cualquier incumplimiento de estas medidas podrá derivar en la revocación de la condena condicional y en el cumplimiento efectivo de la pena en prisión.

Como medida complementaria, también se ordenó la extracción de material genético del condenado para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.

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