
En Metán también se aplicará el Plan Piloto de Oralidad Penal
Juan Cruz Gorosito

El 15 de febrero pasado, en el marco del programa de modernización lleva adelante la Corte de Justicia, comenzó a implementarse en el fuero penal el Plan Piloto de Oralidad, que prevé la realización de audiencias flexibles y multipropósito con el objeto de agilizar la tramitación de todos los actos relativos a la libertad de las personas imputadas. La efectivización del plan se encuentra a cargo de Oficinas Judiciales, que concentran y realizan las tareas administrativas que antes realizaba el juez para que éste ejerza la función jurisdiccional de manera exclusiva, transparente y eficiente.
Desde entonces y hasta la fecha, se concretaron más de medio millar de audiencias. Estos resultados llevaron a extender la iniciativa a otras dependencias, a otros distritos e, incluso, a otras etapas del proceso penal.
En la actualidad participan del plan piloto todos los Juzgados de Garantías, dos salas del Tribunal de Juicio y todas las del Tribunal de Impugnación, del Distrito Centro. Esto permite que los pedidos de prisión preventiva y las apelaciones de resoluciones que dispongan esa condena, tramiten bajo esta nueva modalidad de gestión judicial.
Además, a partir del próximo 18 de septiembre, la exitosa experiencia se ampliará a dos salas más del Tribunal de Juicio del Distrito Centro y, desde el 29 de este mes, se aplicará a las causas que ingresen a los Juzgados de Garantías y a las tres vocalías del Tribunal de Juicio que funcionan en San José de Metán. Las apelaciones a las resoluciones de prisión preventiva dictadas en las dependencias de esa localidad también se realzarán en forma oral.
Las audiencias del Plan Piloto de Oralidad llevan el nombre de “flexibles y multipropósito” porque en ellas pueden someterse a la decisión judicial cuestiones diferentes a aquellas para las que fueron fijadas, posibilitándose incluso la solución temprana del caso, es decir, la posibilidad de que en las mismas se dicte sentencia.
El principal beneficio de la oralidad es la celeridad que el trámite adquiere con ella. La oralidad, en definitiva, representa un beneficio adicional en los procesos judiciales al facilitar la inmediación, concentración, continuación, contradicción, transparencia, libre valoración de la prueba, identidad física del juzgador y fundamentación de la decisión judicial, posibilitando la participación y el control de la opinión pública sobre el ejercicio de la función judicial y la debida publicidad.





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