
La medicación prescripta a un paciente oncológico deberá ser reconocida al 100%
Juan Cruz Gorosito

Así lo dispuso el juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, Sebastián Fucho, al resolver un amparo interpuesto por un afiliado de la obra social, ante la negativa del médico autorizante del Instituto a autorizar la provisión de Trifuldina/Tipircilo 20 mg y Trifuridina/tipircilo 15 mg.
El 5 de febrero de 2019, el hombre había sido diagnosticado con cáncer gástrico con lesiones hepáticas y fibrosis pulmonar. Ante nuevos estudios realizados el 19 de febrero de este año, le diagnosticaron un aumento en el tamaño de las lesiones, razón por la que el médico tratante le había recetado la medicación referida.
No obstante, desde el IPS le denegaron la autorización ya que consideraron que existían alternativas válidas que no fueron completadas. Ante esta situación, el hombre presentó una nueva prescripción médica explicando las razones del cambio de medicación y la urgencia de no cortar con la aplicación del mismo, pedido que también fue rechazado.
Al momento de resolver, el juez tuvo en cuenta que es más que evidente que se encuentra en juego la salud de una persona y por consiguiente su vida misma. Destacó que se trata de un derecho no tan solo protegido en nuestra constitución nacional, sino en todos los tratados internacionales a los que Argentina se encuentra adherida.





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