


El Gobierno redujo a 18 años le edad mínima para ser legítimo usuario de armas, según del decreto 1081/2024publicado este martes en el Boletín Oficial. El texto modifica la reglamentación de la ley 20.429 de 1975 que había dispuesto la habilitación únicamente a partir los 21 años.
“Corresponde modificar el artículo 55 de la Reglamentación de la Ley 20.429 aprobada por el Decreto 395/75 y sus modificatorios, a efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los 18″, dice el documento firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
Por su parte, la reglamentación original incluía otros dos requisitos, los cuales siguen en vigencia. Ellos son no presentar anormalidades psíquicas o físicas que afecten a la posesión (o en tal caso presentar un certificado) y presentar identidad, domicilio real y medios de vida lícitos.
Previamente, el Gobierno había realizado una modificación en los requisitos para el uso legal de armas: estableció que los usuarios tanto de uso civil o de uso civil condicional podrán renovar su credencial de legítimos usuarios individuales sin necesidad de presentación del certificado de idoneidad en el manejo de armas de fuego, siempre y cuando lo hayan requerido dentro de los 90 días anteriores a su expiración.
Fuente: Ámbito





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