
Suspenden juicio tras llegar a un acuerdo entre partes por un hecho en Rosario de la Frontera
Redacción

El hecho que originó la causa sucedió alrededor de las 9 de la noche, en el barrio 40 Viviendas de Rosario de la Frontera.
Según la denuncia radicada por la madre de la víctima, el joven fue agredido por un hombre que lo golpeó debajo del ojo izquierdo, lo que le provocó sangrado nasal. Tras el incidente, la víctima fue asistida y trasladada a un hospital local, donde se diagnosticó un hematoma periocular izquierdo y se sugirió una tomografía debido a una observación de hundimiento en la parte inferior de la órbita.
La causa avanzó en el marco del Plan Piloto de Oralidad. En una audiencia flexible y multipropósito, el juez Ramón Haddad, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, escuchó a la defensa del acusado, un hombre de 33 años, que aseguró haber llegado a un acuerdo con la querella para solicitar la suspensión del juicio a prueba.
El acuerdo propuesto por consistió en la reparación del daño a la víctima por la suma de quinientos mil pesos a pagarse en dos cuotas entre abril y mayo. Adicionalmente, el acusado ofreció realizar tareas comunitarias. El Fiscal consideró procedente la concesión de este beneficio tras verificar que el acusado no tenía antecedentes penales que le impidieran acceder al mismo.
La víctima, que se encontraba presente en la audiencia, manifestó su acuerdo con la propuesta y aceptó el monto ofrecido en concepto de reparación del daño. Tras escuchar a las partes, el juez resolvió suspender el juicio a prueba a favor del acusado por el término de un año, conforme a lo previsto en la normativa legal vigente.
Durante este período de suspensión, se impusieron al acusado una serie de normas de conducta de cumplimiento obligatorio. Estas incluyen la obligación de comunicar al Juzgado cualquier cambio de domicilio, abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas, no cometer nuevos delitos, realizar la reparación económica a la víctima en los plazos acordados ante la Fiscalía Penal de Rosario de la Frontera, y cumplir con las tareas comunitarias por el plazo establecido.
Se le advirtió que el incumplimiento de estas normas podría derivar en la revocación del beneficio de la suspensión del juicio, con lo que el curso de la causa seguiría según su estado procesal.




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