Régimen Penal Juvenil: el Senado aprobó una nueva norma para delitos de menores

La Cámara alta del Congreso argentino aprobó una nueva ley penal que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, además de una serie de normativas que reorganizan el régimen penal juvenil e incorporan medidas alternativas a la privación de la libertad. Tope de 15 años de pena y financiamiento para los procesos en las provincias e institutos.
PAIS28/02/2026RedacciónRedacción
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La Cámara de Senadores convirtió en ley el nuevo Régimen Penal Juvenil, una decisión histórica siendo que modifica una norma vigente desde 1980. Fue en el marco de una sesión extraordinaria que concluyó a las 18.15, con la aprobación por 44 votos afirmativos, 27 en contra y 1 abstención.

Conseguida la aprobación en general, el Cuerpo se abocó al tratamiento en particular de la norma, en una votación que igual que en la Cámara baja se realizó por títulos. Todas las en particular repitieron el resultado de la general y una vez terminada, la presidenta del Senado, Victoria Villarruel, comunicó la sanción definitiva de la Ley Penal Juvenil.

El proyecto, que en la Cámara de Diputados fue aprobado el 12 de febrero pasado, con 149 votos afirmativos y 100 negativos, establece una baja de edad de imputabilidad de 16 a 14 años para adolescentes que cometen delitos. De todas maneras, la ley entrará en vigencia a las 180 días de su publicación en el Boletín Oficial.

Voto a voto

El Régimen Penal Juvenil fue aprobado por 44 votos a favor, 27 en contra y 1 abstención. En Convicción Federal, dos votaron afirmativamente y una en contra.

Antes de que el interbloque Popular se partiera, se la había escuchado a la jefa de bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, decir que habían logrado “una mayoría de 44” legisladores. Y justamente, la sanción de la Ley Penal Juvenil fue aprobada con 44 votos afirmativos, 27 negativos y 1 abstención.

La única salvedad fue que la cordobesa de Provincias Unidas, Alejandra Vigo, se abstuvo, pero una de los tres integrantes de Convicción Federal votó a favor de la baja en la edad de imputabilidad. Se trata de la senadora tucumana Sandra Mendoza, quien responde al gobernador Osvaldo Jaldo.

El resto de votos afirmativos fueron de los 21 integrantes de La Libertad Avanza, los 10 de la Unión Cívica Radical, los 3 del Pro, los 2 misioneros del Frente Renovador, los 2 de Moveré por Santa Cruz, la salteña Flavia Royón, la tucumana Beatriz Ávila, el correntino Carlos “Camau” Espínola, la neuquina Julieta Corroza y la chubutense Edith Terenzi.

Por otro lado, los 27 votos en contra fueron de los 21 senadores nacionales que integran el bloque Justicialista, los 2 santiagueños del Frente Cívico, los 2 de Justicia Social Federal y, Carolina Moisés y Guillermo Andrada de Convicción Federal.

Qué dice el texto de la ley

La iniciativa prevé una serie de medidas complementarias (programas educativos, laborales, recreativos). En casos de delitos con hasta 3 años de prisión y de delitos de 3 a 10 años de prisión (que no incluyan muerte o lesiones graves), se podría aplicar una serie de penas antes de llegar a la privación de la libertad.

En cuanto a las penas privativas de la libertad, podrán ser en domicilio; en un instituto abierto; o en un instituto especializado de detención, o bien en una sección separada de un establecimiento penitenciario, siempre apartados de adultos.

La norma prohíbe la prisión perpetua y cuando el adolescente, recluido en instituto o centro de detención, haya cumplido los dos tercios de la condena, el juez a cargo de la causa podrá considerar sustituir el encierro por otras medidas.

También se habilita la mediación penal para delitos con penas máximas de hasta 6 años; y la suspensión del proceso a prueba (para delitos cuyo mínimo de pena no exceda de los 3 años de prisión), con la opción de la reparación del daño y medidas comunitarias.

El proyecto también menciona la figura del “supervisor”; los principios generales de los institutos especializados de detención; medidas de salud, entre otros puntos. De todas maneras, la ley entrará en vigencia a los 180 días de su publicación en el Boletín Oficial.

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