Le prohibieron jugar al fútbol y renovar la licencia de conducir por no pagar la cuota alimentaria de su hija

La Justicia de Río Negro impuso nuevas restricciones a un hombre que incumplía de forma reiterada con el pago de la cuota alimentaria. La medida incluye su desafiliación de un club de fútbol, la suspensión de toda actividad deportiva y la inhabilitación para renovar su licencia de conducir hasta regularizar la deuda.
JUDICIALES03/08/2026Juan Cruz GorositoJuan Cruz Gorosito

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El Juzgado de Familia de El Bolsón, en la provincia de Río Negro, dispuso una serie de medidas contra un hombre que mantenía un reiterado incumplimiento en el pago de la cuota alimentaria de su hija. La decisión fue adoptada luego de que las acciones judiciales previas no lograran que cumpliera con la obligación.

Entre las nuevas restricciones, la Justicia ordenó la desafiliación del demandado del club donde practicaba fútbol y le prohibió participar de partidos, entrenamientos y cualquier otra actividad organizada por la institución hasta que regularice su situación. Para garantizar el cumplimiento de la resolución, el club y la asociación deportiva correspondiente deberán ser notificados de manera inmediata.

La resolución también alcanza otros aspectos. La jueza ordenó a las municipalidades de El Bolsón, Lago Puelo y El Hoyo que no renueven ni otorguen la licencia de conducir del hombre mientras continúe en mora con el pago de la cuota alimentaria. Además, solicitó información a Mercado Pago, Ualá y Tarjeta Naranja para determinar si posee cuentas activas y, en caso de existir fondos, aplicar un embargo preventivo.

Según consta en el expediente, anteriormente ya se habían dispuesto medidas como la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios, el embargo de bienes y una denuncia penal por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, aunque ninguna logró revertir la situación.

En los fundamentos del fallo, la magistrada explicó que las restricciones no tienen un fin punitivo, sino que buscan garantizar el cumplimiento efectivo de una sentencia firme y proteger el derecho de la niña a recibir alimentos. Además, sostuvo que el incumplimiento reiterado constituye una forma de violencia económica hacia la madre, quien debe afrontar en soledad los costos de la crianza, por lo que consideró que las medidas resultan razonables y proporcionales ante la falta de resultados obtenidos con las acciones anteriores.

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