Se trasladará el Día del Empleado de Comercio al lunes 28 de septiembre

Fue confirmado por la Subsecretaría de Trabajo. Durante la jornada regirá el descanso y la no concurrencia a prestar labores para todos los trabajadores y trabajadoras comprendidos en el CCT 130/75 y convenios complementarios.
PROVINCIA23/09/2026Juan Cruz GorositoJuan Cruz Gorosito

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La Subsecretaría de Trabajo informó que, en el marco de lo acordado entre las Cámaras Empresariales (CAC, CAME y UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la celebración del Día del Empleado de Comercio, instituido por Ley Nacional N° 26.541 para el 26 de este mes, se trasladará al lunes 28 de septiembre. 

Durante la jornada regirá el descanso y la no concurrencia a prestar labores para todos los trabajadores y trabajadoras comprendidos en el CCT 130/75 y convenios complementarios. 

La medida fue adoptada en base a lo convenido a nivel nacional entre las Cámaras Empresariales y la FAECYS y fue formalizada a través de distintas actas acuerdo suscriptas con representaciones empresarias de la actividad mercantil, presentadas por el Sindicato de Empleados de Comercio de la Ciudad de Salta (S.E.C.), representado por sus Secretarios General y de Asuntos Gremiales, César Guerrero y Ángel Ortiz respectivamente.

La cartera provincial de Trabajo concluyó que los acuerdos acompañados no afectan principios laborales ni vulneran normas de orden público laboral, recordando que todas las empresas empleadoras deben dar estricto cumplimiento a la normativa laboral vigente, sea legal o convencional.

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