Derogaron la medida que permitía a las aseguradoras de autos dejar de ofrecer el servicio de grúa

La Superintendencia de Seguros revirtió la decisión de quitar los servicios de grúa, remolque y auxilio mecánico a sus clientes. La modificación apuntaba a “proteger a los asegurados y asegurables”.

PAIS11/06/2024RedacciónRedacción
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El Gobierno derogó la medida que permitía a las compañías de seguros de autos dejar de prestar el servicio de grúas en forma obligatoria a partir del 1° de julio. La Superintendencia de Seguros dejó sin efecto la norma a través de la resolución sintetizada 269, publicada este martes 11 de junio en el Boletín Oficial.

En los considerandos de la norma, se reincorporan los textos de “las cláusulas “CG-CO 4.1. Gastos de Traslado y Estadía Cláusula de emisión obligatoria” y “CA-CO 15.1. Servicio de Remolques” en el inciso a.1) del Anexo del punto 23.6. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), conforme su anterior redacción”.

La medida que quedó sin efecto desde este martes es la resolución 217, que tenía el objetivo de desregular el sector, “proteger al ciudadano” y aumentar la competencia. Algunas compañías de seguros ya habían empezado a enviar a sus clientes cartas para notificar los cambios.

Esa norma ahora derogada implicaba, además, que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”. Solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.

Qué servicios deben ofrecer las compañías de seguros con el cambio que aplicó el Gobierno
Con la resolución 269, de este martes 11 de junio, las compañías de seguro de autos podrán volver a incluir los servicios de grúa, remolque y auxilio mecánico a sus clientes.

De esta manera, el traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo incluidos en los contratos de seguros de automotor se aplican en caso de:

Siniestro por daño (accidente),
Incendio,
Robo,
Hurto
Desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos,
Pinchaduras,
Cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas,
Falta de combustible


Fuente: TN

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