Sigue la cacería de los fiscales: otro imputado por presunta intimidación pública

En conferencia de prensa, la fiscal penal especializada en Ciberdelincuencia, Sofía Cornejo, expuso los avances en la investigación que se lleva adelante en la causa por la presunta comisión del delito de intimidación pública, a raíz de publicaciones y difusión de videos anónimos en la red social Tik Tok.

JUDICIALES16/01/2025RedacciónRedacción
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La fiscal penal Cornejo, aclaró al principio de la conferencia, que el delito de intimidación pública busca castigar toda conducta que cause temor en la sociedad de manera tal que tenga la potencialidad de incidir en el normal desenvolvimiento de los poderes del Estado (provincial en este caso) y desestabilizar el orden democrático e inconstitucional, auspiciando intervenciones interruptivas de los gobiernos surgidos de la voluntad popular.

Seguidamente puntualizó que, independientemente del delito que la Fiscalía a su cargo investiga, caracterizado como de acción publica y de competencia ordinaria, y que tiene como bien jurídico protegido el orden público, y no persona alguna en particular, la investigación a su cargo no comprende las otras eventuales afectaciones diferentes que pudiesen eventualmente generar compromiso o agravio en personas físicas en particular. A estas últimas, que pudieran haberse sentido agraviadas por las publicaciones mencionadas u otras, la ley les concede la posibilidad de presentar querella por calumnias e injurias (acción privada) o una acción civil por daños y perjuicios.

Explicó también que se inició la investigación en contra de personas no identificadas como sospechosos (N.N.); por cuanto el objeto de la investigación consiste en el hecho delictivo en sí, y no individuos en particular; así se comenzaron las pesquisas en procura de establecer el origen y los autores, pues no había en ese momento personas identificadas como sospechosas de haber cometido el delito, es decir, ser los titulares, administradores de las cuentas y/o quienes creaban los videos publicados, con el contenido penalmente relevante .

La Fiscal informó que del avance producido en la causa, la cual se iniciara sin tener personas físicas identificadas en primera instancia, se imputó provisionalmente a tres personas que surgieron de las tareas investigativas y que podrían estar involucradas en la comisión del delito que se investiga.

Luego de recibir declaraciones de las personas imputadas (dos de ellos identificados como empleados contratados de la Cámara de Diputados de la Nación como asesores del diputado nacional Emiliano Estrada) y de la incorporación de otros elementos probatorios, tales como informes remitidos por empresas como Tik Tok y Google, entre otras, este martes, se imputó provisionalmente al Legislador Nacional, por la posible comisión del delito de intimidación pública, previsto en el artículo 221 del Código Penal y peculado de trabajos y servicios, previsto en el artículo 261 2º parte del Código Penal.

En lo específico, se pudo precisar la existencia de por lo menos cinco videos que reconocen claramente una insistente trazabilidad común que los uniforma homogéneamente, donde públicamente refieren a las instituciones de la provincia como “estado narco”, vinculándolas con carteles de droga, con operativos de secuestro de drogas efectivamente efectuados sobre ambulancias de particulares ajenas al sector público, entre otros contenidos; precisamente de modo simultáneo y en contraposición a los esfuerzos de todas las instituciones del Estado en procura de la protección de la sociedad contra el impacto de estos nuevos fenómenos delictivos, y las acciones públicas de combate al narcotráfico y al crimen organizado en la provincia de Salta en diversos escenarios que resultan de conocimiento publico.

Todo lo que posee objetivamente entidad para causar temor en la ciudadanía respecto al rumbo del lugar donde viven, miedo y temor a que la Provincia de Salta se convierta en un territorio violento a merced de la criminalidad organizada.

Finalmente aclaró que en relación al delito de peculado de trabajo y servicios que se le imputa a Legislador Nacional, se fundamenta en la presunción de que la organización y distribución de tareas de esta organización estaba siendo financiada con fondos públicos, -del Estado Nacional, en el caso del Congreso de la Nación, ya que el  pago de los servicios de dos de los imputados (sus asesores) provenían del erario público nacional, por lo que oportunamente se evaluará la cuestión de la competencia federal para la investigación de este delito. En el caso puntual; no obstante ello, también aclaró suficientemente que el delito de intimidación publica esta habilitado por la jurisdicción ordinaria.

Todo ello por cuanto se aclara que el uso de redes sociales para la comisión de un hecho eventualmente criminal, no implica en modo alguno que resulte siempre y necesariamente competencia de la justicia federal.

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