La Justicia laboral suspendió provisoriamente artículos clave de la reforma laboral

Un fallo del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 hizo lugar a un planteo de la CGT y frenó la aplicación de 83 artículos de la Ley de Modernización Laboral. La medida abre un nuevo frente judicial contra la normativa impulsada por el Gobierno nacional.
PAIS30/03/2026Juan Cruz GorositoJuan Cruz Gorosito

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El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 resolvió este lunes suspender de manera provisoria la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, tras una acción judicial presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado Nacional.

La decisión fue adoptada por el juez Raúl Horacio Ojeda, quien dio curso al planteo de la central obrera que cuestiona la constitucionalidad de diversos puntos de la norma, publicada en el Boletín Oficial el pasado 6 de marzo de 2026.

En su presentación, la CGT —representada por sus cotitulares Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo— argumentó que los cambios introducidos afectan derechos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales suscriptos por Argentina. Entre ellos, mencionaron la protección laboral, la libertad sindical, la no discriminación, la tutela judicial efectiva y el principio de progresividad de los derechos sociales.

La demanda apunta a artículos que modifican aspectos centrales del sistema laboral argentino, incluyendo la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744. También cuestiona reformas vinculadas a jornadas laborales, vacaciones, representación sindical, negociación colectiva y estatutos gremiales.

Entre los puntos más controvertidos figuran la reducción del alcance de la Ley de Contrato de Trabajo, nuevas regulaciones para trabajadores de plataformas digitales, la limitación de la responsabilidad solidaria de empleadores, la eliminación del principio “in dubio pro operario” y cambios en el régimen de huelga y representatividad sindical. Asimismo, se objeta la derogación de la ley de teletrabajo.

Por su parte, el Estado Nacional rechazó la presentación y sostuvo que la CGT no cuenta con legitimación activa para representar de manera directa a todos los trabajadores. Además, planteó la inexistencia de un caso concreto que justifique la intervención judicial y defendió la presunción de legitimidad de la actividad legislativa, advirtiendo que la suspensión de una ley vigente podría afectar el interés público y el equilibrio entre los poderes del Estado.

La medida cautelar dictada por la Justicia implica, por el momento, un freno parcial a la implementación de la reforma laboral, mientras continúa el análisis de fondo sobre su constitucionalidad. El caso promete escalar en instancias superiores y mantener en tensión el debate sobre el alcance de los cambios en el régimen laboral argentino.

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