Nueva modalidad para gestionar la autorización de viajes para menores en el Registro Civil

A partir de este mes, se podrá realizar este trámite en las oficinas del Registro Civil de la provincia. Además, si el menor no posee pasaporte, se podrá solicitar el trámite combinado (autorización y pasaporte), la modalidad es digital y es por ello que se requiere necesariamente correo electrónico.

PAIS03/06/2025Juan Cruz GorositoJuan Cruz Gorosito
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El Gobierno nacional, a través del RENAPER, habilitó un nuevo procedimiento que permite gestionar en simultáneo la emisión del pasaporte y la autorización para que menores de edad puedan salir del país. La medida fue oficializada mediante la Disposición N° 373, publicada en el Boletín Oficial.

"Habilítase en los Centros de Atención de esta Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Vicejefatura de Gabinete del Interior de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y en las Oficinas Seccionales y/o Consulares la toma del trámite 'Autorización de viaje al exterior para menores de DIECIOCHO (18) años que egresen del país con Pasaporte Ordinario'", señala el artículo 1 del documento.

La normativa establece que los progenitores autorizantes deberán ser argentinos (nativos o por opción) o extranjeros con residencia temporaria o permanente en el país, y contar con DNI vigente. Estas condiciones serán verificadas automáticamente por el sistema del RENAPER.

La autorización amplia tendrá validez hasta que el menor cumpla 18 años o hasta el vencimiento del pasaporte, lo que ocurra primero. Además, podrá ser revocada en cualquier momento por cualquiera de las partes. Se aclara también que la autorización permitirá que el menor viaje solo y con destino a cualquier país del mundo.

En caso de fallecimiento de uno de los progenitores o si el menor no fue reconocido por el otro, se requerirá únicamente la autorización del padre o madre que ejerza la responsabilidad parental, conforme al artículo 645, inciso c), del Código Civil y Comercial de la Nación.

Asimismo, se recordó que, si el progenitor es adolescente, deberá concurrir con uno de sus propios padres, tal como lo establece la Disposición N° 2656/2011 de la Dirección Nacional de Migraciones y sus modificatorias (Disposiciones N° 1344/22 y N° 676/25).

Para concretar el trámite, los progenitores deberán presentarse en persona en alguna de las dependencias habilitadas por el RENAPER para realizar la verificación biométrica. No será necesaria la presencia del menor, salvo en los casos en que también se tramite su pasaporte. Es indispensable que los solicitantes declaren un correo electrónico en donde le llegará el permiso digital. 

Al respecto, la titular del organismo provincial, Fernanda Ubiergo, explicó: “esta nueva modalidad apunta a la simplificación del trámite porque ahora es un procedimiento digital. Las personas deberán acercarse y, una vez hecho el trámite, se carga automáticamente en el sistema de Migraciones. 

Agregó que “esta modalidad digital sería prácticamente al instante y tendría el mismo valor que actualmente tiene en Migraciones, que es de 30 mil pesos. Hasta el momento, estamos esperando que el organismo nacional nos envíe las herramientas técnicas para el uso de la nueva modalidad”.

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