
El Gobierno Nacional reglamentó la Boleta Única Papel
Juan Cruz Gorosito

El Gobierno reglamentó a través del Boletín Oficial la Ley N° 27.781 que establece el uso de la Boleta Única de Papel (BUP) como sistema de votación para todos los procesos electorales a nivel nacional. Los cambios en el Código Electoral Nacional comenzarán a regir para las elecciones 2025.
La iniciativa aprobada por el Congreso modifica diversos artículos de la Ley N° 19.945, contemplando aspectos clave como el registro y oficialización de candidatos, el diseño y contenido de la Boleta Única y las reglas para su implementación y uso en elecciones primarias, generales y del Parlamento del Mercosur.
"Apruébase la Reglamentación de los artículos 62 bis y 62 ter del Capítulo IV del Título III del CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL - Ley N° 19.945 (t.o. por Decreto N° 2135/83) y sus modificatorias y de los artículos 38 y 38 bis del Capítulo V del Título II de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral N° 26.571 y sus modificatorias", informó el Gobierno.
¿Cómo será la boleta única de papel?
A diferencia del sistema tradicional, la boleta única de papel incluirá a todos los candidatos y partidos en un mismo documento. Al ingresar al cuarto oscuro, los votantes podrán elegir entre dos opciones:
* Marcar una opción para votar la lista completa.
* Seleccionar candidatos de manera personalizada, marcando casilleros individuales para cada categoría.
Con este nuevo mecanismo, el Gobierno busca solucionar dos problemas comunes: el robo u ocultamiento de boletas y el abuso de los “sellos de goma”, es decir, partidos sin representación que solo buscan acceder a fondos estatales.
Elecciones 2025: ¿Cuándo un voto es válido o nulo?
Según el decreto 915/2024, un voto será válido si:
* Se utiliza una boleta única oficializada.
* Las marcas en los casilleros son claras y se elige una opción electoral por categoría.
* Si no se marca ninguna opción, será considerado un voto en blanco.
Por otro lado, un voto será nulo en los siguientes casos:
* Uso de una boleta no oficializada.
* Marcar más de una agrupación política para la misma categoría.
* Roturas o inscripciones que impidan identificar la elección.





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