
Imputan a un hombre por amenazas tras las pintadas contra la dirigencia de Central Norte
En la audiencia de imputación, el sujeto negó tener vinculación con el hecho, ocurrido el 17 de noviembre pasado. Quedó alojado en la Alcaidía.
En conferencia de prensa, el Procurador General informó sobre las acciones tomadas en el marco de la causa por el homicidio de Cassandre Bouvier y Houria Moumni. Se busca garantizar la continuidad de la investigación y el respeto al derecho de las víctimas.
JUDICIALES13/02/2025
Redacción

En relación con el caso, García Castiella señaló la importancia de «hablar con la claridad que la cuestión amerita y merece, sin tapujos y dejando en claro a la sociedad y a la opinión pública en qué estado se encuentra actualmente el trámite y las consecuencias derivadas del fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que provocó esta situación que ahora nos toca presentar».
El Procurador recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tras haber tenido el expediente a su disposición durante siete años, resolvió que Santo Clemente Vera había sido condenado de manera incorrecta, ya que no se había cumplido con el artículo 550 del Código Procesal Penal de la provincia. Explicó que el máximo tribunal no se pronunció sobre la culpabilidad o inocencia de Vera, sino sobre el procedimiento judicial, indicando que, en caso de corresponder una condena, se debía realizar un nuevo juicio.
Luego del fallo, el expediente fue remitido a la Corte de Justicia de Salta, que dispuso que la determinación quedara a cargo de otra Sala del Tribunal de Impugnación. Dicha sala tenía dos alternativas: ordenar un nuevo juicio o aplicar el principio de la duda y confirmar la absolución. Sin embargo, el 30 de diciembre pasado, el Tribunal de Impugnación optó por una tercera vía: declaró la insubsistencia de la acción penal y sobreseyó a Vera.
El Procurador General explicó que el principio de insubsistencia de la acción penal es una construcción derivada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aceptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que un imputado tiene derecho a ser juzgado en un plazo razonable. No obstante, aclaró que «el plazo de prescripción de la acción penal para un delito de homicidio agravado es de 15 años a partir de 2011, por lo que aún está vigente». En este sentido, enfatizó que «el principio de insubsistencia de la acción penal y el principio de extinción de la acción penal son conceptos diferentes. La insubsistencia es un beneficio para el imputado y se aplica en su caso particular, mientras que la extinción de la acción penal cancela por completo la posibilidad de continuar con la investigación».
Ante esta situación se presentó un escrito incidental ante el Tribunal de Impugnación solicitando la extracción de copias del expediente para radicar las actuaciones en el juzgado de transición correspondiente y permitir la continuidad de la investigación.
El Procurador destacó, el compromiso del Ministerio Público Fiscal con la transparencia del proceso y aclaró que no se trata de una reapertura de la investigación por cuanto existe un proceso válido y con un condenado que nadie cuestionó, sino de garantizar el derecho de las víctimas y permitir que las querellas aporten elementos de su interés. Es por eso que también se solicitará la colaboración del laboratorio de Francia para analizar pruebas genéticas y de biología molecular pendientes.
Finalmente, el Procurador General señaló que «el planteo efectuado está supeditado a lo que resuelva el Tribunal. No obstante, consideramos que la aplicación del principio de insubsistencia de la acción penal para impedir la continuidad de la persecución penal respecto de Santo Clemente Vera es un argumento jurídicamente atendible, debidamente fundado y sostenido por lo que el concepto de insubsisencia de la acción penal y derecho a juzgar en plazos razonables, pero también mezcla en algunos puntos insusbsitencia con extinción de la acción penal, que es lo que nosotros como Ministerio Publico Fiscal, debemos defender. La vida de la acción penal está vigente y corresponde garantizar su continuidad».
Finalmente ante la consulta periodistica sostuvo: «Quien quiera decir o aportar algo, que venga, se siente y diga todo lo que tenga que decir, pero en el marco institucional, constitucional y procesal que corresponda».



En la audiencia de imputación, el sujeto negó tener vinculación con el hecho, ocurrido el 17 de noviembre pasado. Quedó alojado en la Alcaidía.

El Tribunal Judicial Provincial detalló las pruebas que atribuyen a Javier Nicolás Saavedra la autoría material del crimen ocurrido en 2017 en Vaqueros. El veredicto se apoya en evidencia genética “de certeza científica”, testimonios clave y el análisis del modus operandi. La Fiscalía continúa investigando la posible participación de un segundo agresor y evalúa la absolución de los restantes imputados.

El Poder Ejecutivo Provincial envió un pliego al Senado proponiendo a María Cecilia Corral Martín como jueza de Garantías para cubrir el lugar que dejó Mario Teseyra tras jubilarse. No obstante un tío de la mujer presentó una impugnación a su postulación al tiempo que un juez y un legislador de Metán hacen todo lo que pueden para evitar que pueda llegar al Juzgado.

La orden de presentación se dictó en el marco de una investigación por presunta falsificación material de documento privado. Durante la diligencia, se solicitaron documentos e información clave para determinar un posible uso indebido del sello y la firma de un médico, así como para evaluar eventuales perjuicios económicos tanto para el profesional como para el IPS.

El Ministerio Público Fiscal de Salta informa respecto de las tareas realizadas a la fecha y los avances en la nueva investigación dispuesta por Resolución de Procuración General en relación al homicidio de Cassandre Bouvier y Houria Moumni, ocurrido en julio de 2011 en la Quebrada de San Lorenzo.

En su confesión ante la Justicia, Ernesto Clarens detalló cómo cambiaba pesos por dólares, cómo se entregaba el dinero a José López y Daniel Muñoz, y el rol de Néstor y Cristina Kirchner en el esquema ilegal de recaudación descrito en la causa Cuadernos.




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