


Tras varias horas de rumores, se confirmó que los aportes compulsivos a gremios y cámaras empresariales tendrán topes más bajos, tal como marca el dictamen de mayoría, aunque no habrá fecha de caída -era a los dos años- y el fondeo a ambos sectores continuará vigente.
La posibilidad de que este nuevo guiño de la Casa Rosada fuese a sindicatos y no a empresarios generó nerviosismo en el sector dialoguista, que pidió igual tratamiento para los actores involucrados. Después de cinco horas de dudas, se validó la postura final y el giro automático de millonadas seguirá de manera compulsiva.
Un argumento que este medio oyó en un pasillo de la Cámara alta fue que hay gremios demasiado pequeños y que, ante la caída a los dos años, empezarían con una caída sin retorno ante la imposibilidad de subsistencia.
La versión hasta el mediodía de este miércoles apuntaba a que “a partir de la sanción de la presente Ley, los aportes, contribuciones patronales y cualquier otro concepto previstos en las Convenciones Colectivas de Trabajo, cualquiera sea su denominación u objeto, en beneficio directo o indirecto a cámaras, asociaciones, agrupaciones o personas jurídicas integradas parcialmente o totalmente por empleadores o cuyos órganos directivos estén integrados por representantes de los empleadores, no podrán superar el CERO Y MEDIO POR CIENTO (0,5%) de las remuneraciones de los trabajadores“.
En tanto, “los aportes y contribuciones previstos en las Convenciones Colectivas de Trabajo, cualquiera sea su denominación u objeto, a favor de asociaciones de trabajadores, que sean válidas para afiliados o no afiliados comprendidos en el ámbito de la convención, no podrán superar el DOS POR CIENTO (2%) de las remuneraciones de los trabajadores”. Se excluyen “las cláusulas que acuerden otros beneficios en función de la afiliación a la asociación profesional de trabajadores que suscribió el convenio colectivo”.
Sobre el final del artículo, se resaltaba: “A partir del 1 de enero de 2028 los aportes o contribuciones patronales previstos en las Convenciones Colectivas de Trabajo, cualquiera sea su denominación u objeto, en beneficio directo o indirecto a cámaras, asociaciones, agrupaciones o personas jurídicas integradas parcialmente o totalmente por empleadores o cuyos órganos directivos estén integrados por representantes de los empleadores, tendrán carácter estrictamente voluntario por parte del empleador, sin que pueda imponerse su obligatoriedad mediante cláusulas convencionales. Tampoco resultarán obligatorias para los empleadores que no sean socios o asociados a las asociaciones o cámaras beneficiarias de estos créditos“.
A partir de ahora se espera, ya para la madrugada de este jueves, que el oficialismo comunique en el recinto la decisión que, para ambos bandos, los aportes continúen de forma compulsiva, aunque con topes más bajos. Otro ejemplo comentado durante la tarde de hoy fue el “delirio” de sindicatos que tenían hasta un 6%. “Con eso, ni les hacía falta esforzarse por agremiar trabajadores. Una locura”, sentenció un senador dialoguista a este medio.
Infobae





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